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¿Quiénes tienen derecho al pago de utilidades?

Empresas están obligadas a cumplir el pago de utilidades en mayo

Las empresas tienen como plazo del 1 de abril al 30 de mayo. Foto: Isaura Retana
Las empresas tienen como plazo del 1 de abril al 30 de mayo. Foto: Isaura Retana

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Por: Isaura Retana

DURANGO, Durango.- El pago de utilidades es un derecho laboral del que gozan la mayoría de las y los trabajadores, así se ostenta en la Ley Federal del Trabajo, donde se establece que los empleados tienen derecho a recibir una parte de las ganancias que la empresa en la que laboran haya registrado en el ejercicio fiscal del año anterior, en este caso, el 2023.

La encarga de despacho en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Berenice Morales, señaló que monto atribuible al trabajador es del 10% por las utilidades netas, este porcentaje se establece de conformidad con la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

“La empresas hacen su declaración ante el SAT; si reportan ganancias, el 10% de esas ganancias son para hacer el reparto de utilidades a los trabajadores. Se hace el cálculo con base en los días trabajados y el monto de sueldo que tiene cada trabajador; para tener derecho al reparto, el trabajador debe tener al menos 60 días laborados en el año”.

Berenice Morales, 

STyPS.


La fecha límite para que empresas cumplan con el pago de utilidades se determina en la Ley Federal del Trabajo, las empresas tienen como plazo del 1 de abril al 30 de mayo, mientras que para las personas físicas hay un periodo que va del 1 de mayo al 29 de junio.

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La funcionaria agregó que hay inspecciones laborales para verificar que las empresas cumplan, pero si hay quejas de trabajadores porque no reciben utilidades o consideran que les corresponde más, pueden acudir a la Procuraduría de Defensa del Trabajador en el edificio Solorzano, ubicado en la calle 5 de Febrero.

Los empleados que están contratados por honorarios, así como los que son directivos, gerentes, socios, comisionistas o accionistas, no tendrán derecho al reparto de utilidades; de igual forma, los trabajadores que tengan una antigüedad menor a 60 días del año al que corresponde el pago de utilidades.


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